Instalaciones contra incendios

Las instalaciones de protección contra incendios requieren obligatoriamente por normativa una inspección periódica por OCA que certifique y verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en los Reglamentos de Seguridad contra incendios, así como el correcto mantenimiento de las mismas a lo largo del tiempo.

El titular de la instalación debe solicitar a un Organismo de Control OCA la realización de la Inspección contra incendios

Estas inspecciones obligatorias son independientes y adicionales al mantenimiento que pueda realizar la empresa mantenedora habilitada.

Instalaciones contra incendios
Sistemas contra incendios sometidos a inspección:
  • Sistemas automáticos de detección de incendios
  • Sistemas manuales de detección de incendios
  • Sistemas de comunicación de alarma
  • Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios
  • Sistemas de hidrantes exteriores
  • Extintores de incendios
  • Sistemas de bocas de incendio equipadas
  • Sistemas de columna seca
  • Sistemas de rociadores automáticos
  • Sistemas de agua pulverizada
  • Sistemas de agua nebulizada
  • Sistemas de espuma física
  • Sistemas de extinción por polvo
  • Sistemas de extinción por agentes gaseosos
  • Sistemas de evacuación de humos
  • Sistemas de alumbrado de emergencia
  • Señalización

PREGUNTAS FRECUENTES

Todos los establecimientos que cumplan estos requisitos

  • Industrias y almacenamientos industriales
  • Talleres de reparación y estacionamientos de vehículos destinados al servicio y transporte de personas y transporte de mercancías
  • Servicios auxiliares o complementarios de las actividades anteriores
  • Establecimientos de uso administrativo S > 2.000m2
  • Establecimientos de uso docente S > 2.000m2
  • Establecimientos de uso comercial S > 500m2
  • Establecimientos de uso pública concurrencia S > 500m2
  • Establecimientos de uso aparcamiento S > 500m2
  • Establecimientos de uso hospitalario: SIEMPRE
  • Establecimientos de uso residencial público: SIEMPRE
  • Locales de riesgo especial alto definidos expresamente en la Comunidad Autónoma.

SÍ. Son cosas diferentes.
El mantenimiento trimestral/anual realizado por una empresa mantenedora homologada es independiente y distinto a la inspección. De hecho, uno de los puntos a revisar en las inspecciones es que el mantenedor realiza el mantenimiento correctamente y de acuerdo a la normativa

Solicitud de información

Para agilizar el proceso de solicitud de presupuestos, hemos implementado el siguiente formulario.